El mercado: cuántos clientes cambian
Hay movimiento. Según los últimos datos de la CNMC:
| Dato | Electricidad | Gas |
|---|---|---|
| Tasa de cambio de comercializadora (oct. 2024 – sep. 2025) | 23,6 % | 17,8 % |
| Cambios dentro del mercado libre | 82,4 % | 74,6 % |
| Tiempo medio del cambio | 5 días | 4,3 días |
En total hubo 7,3 millones de cambios de comercializadora en 2025. Y a finales de 2024 seguía habiendo 8,4 millones de consumidores en la tarifa regulada de luz (PVPC), el 28,5 % del total, y 3,1 millones en la de gas (TUR). Muchos clientes cambian cada año y otros siguen en la tarifa regulada sin haber comparado nunca: en los dos casos hay trabajo para el asesor.
Canales que funcionan
- Recomendaciones de tus clientes. Un cliente que ha visto el ahorro en su factura es tu mejor vendedor. Pide la recomendación cuando le enseñes los resultados, no antes.
- Colaboradores con clientes. Gestorías y asesorías fiscales, administradores de fincas, instaladores de placas solares o de climatización: ya tienen la confianza de pymes y comunidades y pueden presentarte.
- Comunidades de propietarios y pymes. Tienen varios suministros, a menudo en 3.0TD, y el ahorro se nota más. Una comunidad bien atendida trae a sus vecinos.
- Presencia local. Un cartel con un código QR en tu local o en el de un colaborador, tarjetas con el QR y la firma del correo con un enlace para que te manden la factura.
- Contenido y redes. Explicar cosas útiles (cómo leer una factura, qué es el peaje, cuándo conviene la tarifa fija) atrae a quien está buscando ayuda.
- Atender rápido. Quien te manda su factura espera una respuesta pronto. Devolver el estudio mientras todavía tiene la factura en la mano marca la diferencia.
Lo que no puedes hacer
- Llamadas no solicitadas. La Ley General de Telecomunicaciones reconoce el derecho a no recibir llamadas comerciales no deseadas; solo se permiten con consentimiento previo u otra base legal válida. En energía, además, el Real Decreto 88/2026 prohíbe a las comercializadoras la publicidad y la contratación telefónica no solicitada con personas físicas.
- Correos y WhatsApp sin permiso. Las comunicaciones comerciales por medios electrónicos necesitan consentimiento previo y expreso. La excepción es el cliente con el que ya tienes una relación, para productos similares, siempre que pueda darse de baja fácilmente.
- Puerta a puerta a hogares. Las comercializadoras tienen prohibida la publicidad y contratación puerta a puerta con consumidores domésticos, salvo que el cliente pida la visita.
- Bases de datos sin revisar. Antes de una campaña tienes que consultar los sistemas de exclusión publicitaria, como la Lista Robinson.
Más allá de la ley, estas prácticas queman la confianza del sector. Un cliente que llega por recomendación o porque te ha buscado empieza la relación confiando en ti.
De la factura al cliente
- Ponle fácil enviarte la factura: una foto, un PDF o un reenvío de correo, sin registrarse en nada.
- Devuelve un estudio claro: cuánto paga hoy, cuánto pagaría y con qué compañía, sin letra pequeña.
- Haz el cambio sencillo: que pueda aceptar desde el móvil y que sepa en qué punto está su contrato.
- Demuestra el ahorro después: compara sus facturas nuevas con lo que pagaba. Es lo que hace que te recomiende.
Preguntas frecuentes
¿Puedo llamar por teléfono a posibles clientes?
Solo si te han dado su consentimiento previo o existe otra base legal válida. La Ley General de Telecomunicaciones reconoce el derecho a no recibir llamadas comerciales no deseadas y, en energía, el Real Decreto 88/2026 prohíbe a las comercializadoras la contratación telefónica no solicitada con personas físicas.
¿Puedo escribir por WhatsApp o por correo a quien no me conoce?
No. Las comunicaciones comerciales por correo electrónico o mensajería necesitan consentimiento previo y expreso. La única excepción es un cliente con el que ya tienes relación, para productos parecidos y siempre que pueda oponerse.
¿Cuánta gente cambia de compañía de luz?
Según la CNMC, entre octubre de 2024 y septiembre de 2025 la tasa de cambio de comercializadora fue del 23,6 % en electricidad y del 17,8 % en gas. En 2025 hubo 7,3 millones de cambios.
Fuentes
- CNMC, nota de prensa del 29 de julio de 2026 sobre cambios de comercializadora (informe IS/DE/014/25)
- CNMC, informe de supervisión del mercado minorista de electricidad y gas 2024 (nota de prensa)
- Ley 11/2022, General de Telecomunicaciones, art. 66 (BOE)
- AEPD, circular sobre comunicaciones comerciales no solicitadas
- AEPD, comunicaciones comerciales por medios electrónicos (LSSI, art. 21)
- Real Decreto 88/2026, sobre la comercialización de energía eléctrica (BOE)
- Lista Robinson de exclusión publicitaria
Esta guía es informativa y no sustituye el asesoramiento legal o fiscal. Revisamos las guías cuando cambia la normativa; la fecha de arriba indica la última revisión.